SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

III.2.

III.2. Realizada la aclaración, absolviendo los fundamentos del recurso luego del análisis de los hechos establecidos en la parte de Conclusiones de esta Sentencia, se tiene que el recurrente tuvo conocimiento pleno del decreto de 29 de diciembre de 2004, es más, expresamente presentó un memorial dándose por notificado; consiguientemente no puede ahora alegar lesión a sus derechos a la defensa y otros, porque no se le notificó en su domicilio procesal o real, dado que la lesión al derecho a la defensa no se materializa cuando se falta a las formas en una notificación, sino cuando se impide con esa falta de formalidades el conocimiento del acto o resolución que afecta intereses de una persona dentro de un proceso, en el caso, el recurrente solicita que se le notifique "procedimentalmente" con el decreto de 29 de diciembre de 2004; pero el mismo, como ya se estableció se dio por notificado con dicha Resolución, con lo cual, salvó la supuesta falta de formalidad en la notificación como ocupante del lote que indebidamente dice que fue desapoderado; dado que se cumplió con la finalidad, cual es que la parte tome conocimiento de la determinación judicial.