SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1172/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1172/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

improcedencia

De lo expuesto, se concluye que debe aprobarse  la improcedencia decretada por el Tribunal de amparo, pero con  los fundamentos de la presente Sentencia. Sin embargo, se estima muy elevada  la cuantía de la multa impuesta contra el recurrente en Bs1.000.- por lo que es necesaria una modificación al respecto, conforme este Tribunal ha determinado en sus SSCC 692/2001-R, 728/2001-R, 874/2001-R, 300/2002-R, 1572/2002-R, 1025/2003-R, 1389/2004-R, y otras.