SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0997/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0997/2006-R

Fecha: 09-Oct-2006

Sobre la sede oficial del Concejo Municipal: a) el Concejo Municipal por Resolución Municipal 50/05, de 18 de octubre, dispuso que se realice un estudio del proyecto y diseño final de la construcción del edificio del Gobierno Municipal y que el Alcalde suspenda el proyecto de demolición y construcción del edificio hasta que el Colegio de Arquitectos de Quillacollo haga conocer un informe de conclusiones y recomendaciones, sin embargo ante la arbitrariedad del ejecutivo municipal, el Concejo Municipal celebró la sesión del 1 de noviembre de 2005 entre los escombros del edificio municipal que terminaba de demolerse, por lo que el Concejo Municipal no tuvo otro remedio que convocar a las sesiones de 31 de octubre, de 8 y 10 de noviembre en los predios acordados para la realización de las mismas; b) en la sesión de 10 de noviembre de 2005, el Concejo Municipal mediante la Resolución Municipal 58/05, fijó su sede oficial en el inmueble sobre el que se le instruyó al Alcalde Municipal firmar contrato de alquiler; determinación que no fue cumplida por el Ejecutivo Municipal y fue ratificada a través de la Resolución Municipal 67/05, de 6 de diciembre, la que fue publicada en el órgano de prensa “Los Tiempos” y es de conocimiento de los Concejales correcurrentes, tal como se demuestra con las citaciones  a las sesiones ordinarias y extraordinarias, así como en las cartas y memorial presentados por éstos  el 10, 14 y 15 de noviembre de 2005, que merecieron respuestas mediante notas de 21 y 30 del indicado mes; c) el Concejo Municipal no autorizó al Alcalde Municipal la suscripción del contrato de alquiler donde actualmente funciona la Alcaldía, además que dicho contrato en su cláusula segunda establece que el inmueble alquilado es para el funcionamiento de la Alcaldía de Vinto, no así para el Gobierno Municipal, lo que prueba que el Concejo no tenía sede para desarrollar las sesiones y el cumplimiento de sus actividades administrativas.