SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1017/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
III.3. Ausencia de legitimación pasiva y de vinculación con el derecho a la libertad
Con relación a los puntos segundo y cuarto señalados en la síntesis de los Fundamentos Jurídicos, es decir que Pablo Oruño Pati y su esposa con intervención del “Mallku” de Tumarapi obligaron a los recurrentes a firmar un compromiso “de no dar más citaciones” (sic) a la persona que les robó, y que fueron despojados de sus viviendas que entregaron a los correcurridos Donato y Marcelino Oruño Guarachi, se debe aclarar por una parte, que al no tener los extremos denunciados vinculación directa con el derecho a la libertad de locomoción que es el que resguarda el recurso de hábeas corpus, no cabe ingresar a examinar el fondo de los mismos, pudiendo los recurrentes hacerlos valer en la vía ordinaria pertinente; y por otra parte, que Pablo Oruño Pati, su esposa y el “Mallku” de la comunidad -como tal- no fueron demandados en el presente recurso por lo que carecen de legitimación pasiva al efecto. De manera que respecto a tales extremos corresponde declarar improcedente el recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- procedente
- II. CONCLUSIONES
- Fragmento 8
- siempre que no sean contrarias a esta Constitución y las leyes.
- Fragmento 10
- III.2.1. Aprehensión por particulares, funcionarios, autoridades públicas u originarias sólo en caso de flagrancia
- el único caso en el que una persona particular, funcionario o autoridad pública u originaria -en este caso- está facultada para practicar la aprehensión, sin necesidad de mandamiento expedido por autoridad competente, es cuando exista flagrancia
- III.2.2. La justicia comunitaria debe ejercerse respetando la Constitución Política del Estado y la ley
- “(...) No obstante la importancia de las costumbres socioculturales y el respeto que la sociedad debe demostrarles,
- debe ejercerse dentro de los estrictos parámetros señalados por el mismo texto constitucional
- III.2.3. Caso examinado
- III.3. Ausencia de legitimación pasiva y de vinculación con el derecho a la libertad
- 1º APROBAR en parte