Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1036/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado plantea recurso de amparo constitucional contra Eduardo Ortiz Salvatierra, Elio León Viveros, Hermán Viderique Encinas, Celso Grimaldo Durán, Rosa Parera de Bass Werner, Roger Wilde Pedraza, Cristina Haydée Moreno Centeno, Luis Gustavo García Suárez, Felipe Montaño Rodríguez, José Andrés Mariscal Taborga y Roberto Carlos Calderón Vargas, miembros de la COOPAPPI Ltda., solicitando sea declarado procedente y se ordene a los correcurridos Celso Grimaldo, Haydée Moreno Centeno, Roger Wilde Pedraza, Rosa Parera, Luis García, Felipe Montaño, José Mariscal y Roberto Carlos Calderón, se abstengan de representar y dirigir la Cooperativa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación activa en el recurso de amparo constitucional
- de todos los socios
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- III.2.2. Falta de agotamiento de instancias administrativas
- contra toda resolución o acto definitivo equivalente que afecte los derechos de las personas
- III.3. No existe identidad de objeto y causa con amparo constitucional precedente
- III.4.Terminología adecuada en Resoluciones y Sentencias Constitucionales que resuelven recursos de amparo constitucional.
- APRUEBA