SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1106/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
II.8.
II.8. El 11 de octubre de 2005, el abogado de la Gerencia Regional de Oruro de la Aduana Nacional, solicitó al Fiscal de Distrito la remisión del cuaderno investigativo a su despacho para que resuelva el impase entre el fiscal de Materia Luis Fernando Meleán Aliaga y la Aduana Nacional (fs. 52). El Fiscal de Distrito, Rodolfo Fuentes Borda, solicitó informe al fiscal de Materia Luis Fernando Meleán Aliaga, quien anexando los informes de fs. 53 a 54 señaló que la impugnación al sobreseimiento fue presentada por la Aduana el 1 de Agosto de 2005, motivo por el que dispuso no haber lugar a dicha impugnación por estar fuera de término (fs. 55); el Fiscal del Distrito, mediante decreto de 25 de octubre de 2005 (fs. 55), ordenó se ponga dicho informe en conocimiento de la Aduana, quien fue notificada en la persona del abogado Ernesto Araníbar Calancha el 26 de octubre (fs. 55 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- resolvió el sobreseimiento
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el rechazo sólo puede ser dispuesto cuando previamente se ha concedido el plazo establecido en el art. 399 CPP
- derecho de impugnación de las resoluciones judiciales
- III.2.
- III.3.
- 21 de octubre de 2005
- 25 de octubre de 2005.
- procedente
- APROBAR