SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2006-R

Fecha: 13-Nov-2006

II.15.

II.15.         En la audiencia de 16 de septiembre de 2006, a la que no asistió el abogado defensor del imputado, la Presidenta señaló que Defensa Pública emitió un informe en el que se comunico que el imputado no puede ser atendido por esa institución porque refirió tener abogado particular; sin embargo, el imputado sostuvo que no pudo conseguir dinero para pagar a su abogado, motivo por el cual se designó un defensor de oficio, e hizo constar que la demora en el juicio es de absoluta responsabilidad del imputado.  Finalmente, fijó audiencia para el 4 de octubre de 2006, aclarando que “el señalamiento fuera del término obedece a la sobre carga procesal…” (fs. 174 y vta.).