Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2006-R
Fecha: 13-Nov-2006
II.3.
II.3. El 22 de mayo de 2006, el imputado Adán Zambrana Vaca, solicitó la cesación de su detención preventiva ante el Tribunal Cuarto de Sentencia. Atendiendo tal petición, la Presidenta del Tribunal Cristina Rodríguez Zegarra, dispuso audiencia para el 31 de mayo de 2006 (fs. 71 y vta.). El acta de la referida audiencia evidencia que la misma fue suspendida por inconcurrencia del abogado defensor del recurrente (fs. 74).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- demora o dilación indebida en que incurre una autoridad judicial al resolver una solicitud de tal naturaleza, implica una lesión a ese derecho fundamental; lesión que no se verificará si es que la demora o dilación es producida por el propio imputado.
- III.2.
- 4 de octubre de 2006,
- provocadas por el mismo recurrente
- III.4.
- Comprobado este extremo ordenará, por resolución la suspensión del proceso hasta que desaparezca su incapacidad”.
- APROBAR