Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1235/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
amparo constitucional
En revisión la Sentencia de 23 de febrero de 2006, cursante a fs. 101 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ricardo Rivera Sandoval y Rómulo Calvo Bravo contra Gualberto Jurado Peredo, Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, Adolfo Gandarilla Suárez, Hernán Cortés Castillo y Juana Molina Paz, Vocales de la Sala Civil Primera de la misma Corte Superior, rtOOseñalando la vulneración de la garantía del debido proceso, prevista en el art. 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Informe de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2.
- III.3.
- concedido
- REVOCAR