Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1322/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.9. El 17 de enero de 2006
II.9. El 17 de enero de 2006 (fs. 229 a 238 de los anexos), ante el Presidente del Tribunal Disciplinario Superior, el recurrente pidió el archivo de obrados por extinción de la acción por prescripción, retardación de justicia, falta de materia justiciable y vicios insalvables de nulidad, con los mismos argumentos utilizados en el recurso de amparo constitucional. Por decreto de 1 de marzo de 2006 (fs. 334 vta. de los anexos), el Tribunal Disciplinario Superior, tuvo por impugnado el pliego acusatorio y el dictamen complementario.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 15
- II.9. El 17 de enero de 2006
- II.10.
- III.1. En cuanto a la inmediatez del amparo
- SC 1337/2003-R,
- III.3. Análisis del presente caso
- Conforme se
- la solicitud del recurrente
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- III.5. Terminología en las resoluciones de amparo
- APRUEBA