Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1329/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente dirige el recurso de amparo constitucional contra Javier Percy Bravo Arroyo y Ricardo Alarcón Pozo, Vocales de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, solicitando se declare "procedente", y anule el Auto de Vista 433/2005 de 26 de agosto; en consecuencia, anule obrados respecto a la tramitación y sustanciación de pruebas obtenidas irregularmente por la entidad ejecutante.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- lo resuelto en el proceso ejecutivo podrá ser modificado en proceso ordinario posterior
- queda tanto al actor como al demandado, salvo su derecho para promover el ordinario
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- denegado"
- APROBAR