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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006

    Fecha: 17-Feb-2006

    AC 610/2005-CA, de 30 de noviembre

    Recibido el expediente 2005-12869-26-RII el 17 de noviembre de 2005, por AC 610/2005-CA, de 30 de noviembre (fs. 34 a 35), la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional, dispuso que el Consejero Rodolfo Mérida Rendón informe si el recurso jerárquico interpuesto por Elio Jaime Saucedo Garrido fue admitido; habiendo recibido respuesta el 9 de diciembre de 2005 (fs. 47 y 48).

    • recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • I.1.1. Relación sintética del recurso 2005-12870-26-RII
    • Relación sintética del recurso 2005-12869-26-RII
    • I.1.2.1.
    • AC 601/2005-CA, de 28 de noviembre
    • AC 610/2005-CA, de 30 de noviembre
    • AC 642/2005-CA, de 19 de diciembre
    • i)
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 13
    • el principio de la irretroactividad de la ley tiene por finalidad proteger los derechos adquiridos o constituidos de una persona, los que según una corriente doctrinal se conocen también como 'situaciones jurídicas subjetivas o particulares'.
    • se entiende por retroactividad no auténtica conocida también como retrospectividad cuando una Ley regula o interviene en situaciones fácticas aún no concluidas”
    • Fragmento 16
    • de afinidad hasta el segundo grado
    • III.3.
    • III.4.
    • CONSTITUCIONALIDAD

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