SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006

Fecha: 17-Feb-2006

I.1.1. Relación sintética del recurso 2005-12870-26-RII

El Reglamento de incompatibilidades aprobado por el Acuerdo 136/2005 arts. 7 inc. 6) y 8.IV estipula la existencia de incompatibilidad en los tipos y grados establecidos, entre funcionaros administrativos y de apoyo jurisdiccional en un mismo órgano nacional o en un mismo distrito judicial, pretendiendo revisar casos definidos según reglamentos anteriores, vulnerando así el principio de irretroactividad de la ley consagrado por el art. 33 de la CPE, ya que ingresaron a prestar servicios los años 1991 y 1995; del mismo modo lesiona el principio de jerarquía normativa, pues dicho Reglamento se opone a lo dispuesto por el art. 9 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), que establece incompatibilidad para ejercer funciones en un mismo tribunal o en dos inmediatos en grado dentro del mismo distrito, en cuya aplicación no resultarían incompatibles, porque uno presta funciones administrativas y el otro de apoyo jurisdiccional. Finalizan señalando como jurisprudencia las SSCC 050/2000, 0354/2005-R, 013/2003 y 0060/2003.