SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006

Fecha: 17-Feb-2006

Fragmento 16

          Ahora bien, efectuado el contraste de las disposiciones reglamentarias impugnadas con la norma prevista por el art. 33 de la Constitución, este Tribunal concluye que no existe incompatibilidad ni contradicción alguna. En efecto, las disposiciones reglamentarias impugnadas consignan normas específicas que desarrollan las normas generales previstas por el art. 9 de la LOJ, que prevén un régimen de incompatibilidad en el ejercicio de la función judicial, tanto de la labor jurisdiccional como de las labores de apoyo jurisdiccional o administrativo.