SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0195/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Ricardo Alarcón Pozo, Presidente de la Sala Civil Tercera y René Pabón Ortuño, Vocal de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, impetrando sea declarado procedente con responsabilidad civil de Bs10.000.-, por ende, se disponga la nulidad del Auto de Vista A-014/2005, de 10 de enero; la tenencia de sus hijas a su favor; que las visitas y salidas se las realice conforme se han venido haciendo los últimos 8 años, se tome en cuenta su estado civil de casada a la hora de dictar futuras resoluciones, y que la asistencia familiar se mantenga de acuerdo a lo establecido en las medidas provisionales homologadas en sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- CONCEDIO
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado
- APROBAR