SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2006

Fecha: 04-Abr-2006

El artículo 134 de la Constitución

               Con relación a dicha norma, la jurisprudencia constitucional ha establecido que consagra tres normas, interpretación que puede ser conocida en la ya citada SC 0005/2006; siendo una de esas normas la que prohíbe el monopolio privado; respecto a la cual la misma Sentencia estableció lo siguiente: “(...) la segunda, norma de carácter restrictiva que, en coherencia con la anterior norma, establece la prohibición absoluta de constitución de monopolio privado de cualquier naturaleza; lo que significa que en el ámbito económico el Estado no permite ni reconoce ninguna actividad de producción y comercialización de bienes o servicios que se sustraigan de la libre competencia, para quedar en manos de una determinada empresa o de un grupo de empresas del sector privado que se hagan dueñas del mercado; se entiende que en el ámbito económico financiero del sistema constitucional boliviano no se admite ningún tipo de monopolio privado; ello, con la finalidad de, por una parte, evitar la acumulación privada de poder económico; y, por otra, resguardar los derechos fundamentales de la población en general frente a la manipulación de los precios y la calidad de los productos por parte de los sectores productivos privados, frente a la afectación de la libre competitividad (...)”.