SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2006
Fecha: 04-Abr-2006
III.2. Las normas constitucionales cuya infracción se acusa
Es necesario para una adecuada contrastación de la norma cuestionada con los preceptos constitucionales supuestamente vulnerados, desarrollar éstos, conocer como fueron interpretados en esta jurisdicción y cual el sentido de su mandato; al efecto, es importante conocer cómo la jurisprudencia constitucional concibe dichas normas, pues uno de los objetos de la justicia constitucional es procurar una interpretación uniforme de las normas constitucionales, de tal manera que cumpliendo esa función, no es admisible que existan otras interpretaciones destinadas a favorecer o respaldar la tesis del demandante de la inconstitucionalidad de una norma, o de la autoridad que emitió la misma; de esa manera, se sientan bases suficientes para la aplicación de las normas constitucionales, en forma tal que se refleje la voluntad del constituyente, evitando interpretaciones destinadas a favorecer eventualmente a intereses particulares o grupales, generando de esa manera una constitución material aplicada en el alcance que el constituyente quiso otorgarle.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- I.2. Admisión y citación
- a)
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- III.2. Las normas constitucionales cuya infracción se acusa
- III.2.1. El art. 1.II de la Constitución
- III.2.2. El artículo 6 de la Constitución
- III.2.3. El artículo 7 incs. a) y d) de la Constitución
- en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo'
- El artículo 132 de la Constitución
- El artículo 134 de la Constitución
- III.3. El juicio de constitucionalidad
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- i)
- III.8.
- CONSTITUCIONALIDAD