SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2006

Fecha: 04-Abr-2006

III.2.1.   El art. 1.II de la Constitución

  “La norma prevista por el art. 1.II de la CPE define que Bolivia: 'Es un Estado Social y Democrático de Derecho que sostiene como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la justicia'; la norma constitucional define la configuración del Estado, así como el sistema de valores sobre los que se estructura el sistema constitucional boliviano.

  “En cuanto a los valores consagrados por la norma constitucional objeto de análisis, cabe señalar que se entiende por valor libertad a la facultad natural que todo ser humano ejerce para determinar por sí mismo cada uno de sus actos o decisiones; como la capacidad de autodeterminarse en el espacio, el tiempo y la estructura social-política, sin restricciones o limitaciones que no provengan de una justa causa y estén determinadas en una ley. El valor igualdad, como el ideal supremo de la humanidad, consiste en el trato adecuado a los fenómenos que surgen en el seno de la sociedad, diferenciando las hipótesis que son iguales entre sí, de aquéllas que son diversas; equilibrio que impone un trato divergente para circunstancias no coincidentes. El valor justicia, consistente en 'dar a cada uno lo suyo', como uno de los pilares fundamentales para garantizar un orden político, económico y social justo, pues la justicia conlleva la idea de un Estado democrático, participativo y pluralista fundado en el respeto de la vida, la libertad, la dignidad humana y la diversidad, así como la distribución equitativa de la riqueza social”.