Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2006
Fecha: 07-Abr-2006
II.2.
II.2. Por Resolución Ministerial 0493, de 2 de agosto de 2004 (fs. 26 a 30), el Ministro de Salud y Deportes, autorizó la vigencia de los nuevos costos por servicios de evaluación, inspección, verificación y control prestados por la Dirección de Medicamentos y Tecnología, por el Laboratorio CONCAMYT y por los Servicios Departamentales de Salud, estableciendo en el art. 1.II y III de la Resolución Ministerial 0493, los costos por servicios de registro sanitario de medicamentos reconocidos por Ley del Medicamento de control de calidad y evaluación de desempeño.
- recurso contra tributos y otras cargas públicas
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2.Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- Fragmento 6
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1.
- III.2.
- b)
- c)
- d)
- De la caracterización referida se concluye que los costos por los servicios de registro sanitario de medicamentos reconocidos en la Ley del Medicamentos constituyen una tasa que es una forma de tributación
- De lo expresado, se establece que las normas impugnadas contravienen el principio de la reserva legal previsto por las normas constitucionales referidas precedentemente, toda vez que, no obstante ser normas reglamentarias aprobadas mediante Decreto Supremo y Resolución Ministerial, han creado una Tasa aplicable a las personas naturales y/o jurídicas por el servicio público individualizado prestado por el Estado a través del Ministerio de Salud y Deportes
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 21
- III.5.
- Fragmento 23