Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2006
Fecha: 07-Abr-2006
III.2.
“Establecido el marco doctrinal y legal de los tributos, así como las normas legales que sirvieron de base para la emisión de las normas impugnadas contenidas en el DS 25235 -Reglamento a la Ley del Medicamento-, y RM 0493, que autoriza la vigencia de los nuevos costos por servicios de Evaluación, Inspección, Verificación y Control, prestados por la Dirección de Medicamentos y Tecnología; por el Laboratorio de Control de Calidad de Medicamentos y Toxicología CONCAMYT y por los Servicios Departamentales de Salud, corresponde dilucidar la problemática planteada en el recurso y en consecuencia determinar si las normas impugnadas crearon o no una tasa al margen de la ley.
- recurso contra tributos y otras cargas públicas
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2.Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- Fragmento 6
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1.
- III.2.
- b)
- c)
- d)
- De la caracterización referida se concluye que los costos por los servicios de registro sanitario de medicamentos reconocidos en la Ley del Medicamentos constituyen una tasa que es una forma de tributación
- De lo expresado, se establece que las normas impugnadas contravienen el principio de la reserva legal previsto por las normas constitucionales referidas precedentemente, toda vez que, no obstante ser normas reglamentarias aprobadas mediante Decreto Supremo y Resolución Ministerial, han creado una Tasa aplicable a las personas naturales y/o jurídicas por el servicio público individualizado prestado por el Estado a través del Ministerio de Salud y Deportes
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 21
- III.5.
- Fragmento 23