SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006

Fecha: 26-Abr-2006

de la relación de los fallos constitucionales pronunciados  por este Tribunal

Sin embargo, de la relación de los fallos constitucionales pronunciados  por este Tribunal en diversos recursos interpuestos contra normas del Código Tributario Boliviano, analizados en el apartado precedente, se concluye en forma incontrastable que, al haber la SC 0009/2004 declarado  inconstitucionales los arts. 131 y 147 del CTB, y la SC 018/2004, la inconstitucionalidad del art. 107.I referido a que la ejecución tributaria, incluso de los fallos firmes dictados en la vía judicial será exclusivamente administrativa, para lo que la Administración Tributaria debía conocer todos sus incidentes; y, sobre todo, de la Disposición Final Primera del CTB, que derogó el art. 157 inc. b) de la LOJ, esta disposición ha quedado subsistente en el ordenamiento jurídico del país, la misma que atribuye competencia a los juzgados en materia administrativa, coactiva fiscal y tributaria para conocer y decidir, en primera instancia, los procesos contencioso tributarios originados en los actos de determinación de tributos y en general, de las relaciones jurídicas emergentes de la aplicación de leyes tributarias, de manera que la impugnación de los actos administrativos tributarios ante la autoridad jurisdiccional por vía del proceso contencioso tributario, se encuentra plenamente vigente.