SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006

Fecha: 26-Abr-2006

En segundo lugar,

En segundo lugar, la Ley 3092, de 7 de julio de 2005, lejos de cumplir la exhortación contenida en la aludida Sentencia Constitucional, en su art. 2 se limita a señalar que: “La resolución administrativa dictada por el Superintendente Tributario General para resolver el Recurso Jerárquico, agota la vía administrativa, pudiendo acudir el sujeto pasivo y/o tercero responsable a la impugnación judicial por la vía del proceso contencioso administrativo según lo establecido en la Constitución Política del Estado”,  aspectos que no fueron objeto de la exhortación del fallo señalado; de modo que dicha Ley no ha dado cumplimiento a lo determinado por la SC 0076/2004, que dispuso la necesidad que el Legislativo llene el vacío legal sobre la falta de un procedimiento contencioso tributario.