SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006

Fecha: 26-Abr-2006

en primer término,

En efecto, contrariamente a lo sostenido por la parte recurrente, que se apoya en la Ley 3092 para formular la presente demanda, se debe dejar claro que, en primer término, la SC 0076/2004 -invocada por el  recurrente-  declaró la constitucionalidad de la Disposición Final Novena del CTB, con vigencia temporal de un año a partir de la fecha la notificación con esa Sentencia, y exhortó al Poder Legislativo para que en dicho plazo subsane el vacío legal inherente a la ausencia de un procedimiento contencioso tributario, bajo conminatoria en caso de incumplimiento, de que la indicada disposición legal quedará expulsada del ordenamiento jurídico nacional, en lo que especta a la abrogatoria del procedimiento contencioso tributario  establecido en el Título VI, arts. 214 a 302 del  CTb.