SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2006

Fecha: 26-Abr-2006

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h)      Pese a ello -asevera- la Jueza recurrida, dentro del indebido proceso contencioso tributario instaurado por Benjamín Valdez Tardío, pronunció el Auto de 8 de diciembre de 2005, admitiendo la demanda y corrió traslado al Gerente de GRACO-La Paz, además de disponer la suspensión de la ejecución de la Resolución Sancionatoria 15-10-05. En este Auto, la Jueza omitió considerar lo ordenado por la Ley 3092, dado que la Disposición Final Novena del CTB no fue expulsada del ordenamiento jurídico nacional precisamente por la promulgación oportuna de la merituada Ley 3092. Igualmente, la Jueza no consideró que el art. 2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), prevé la presunción de constitucionalidad, de modo que, al no haberse declarado la inconstitucionalidad de la Disposición Final Novena del CTB, se presume su contenido y aplicación constitucional.