Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2006-R
Fecha: 12-Abr-2006
denegó
Por Sentencia de 7 de julio, cursante de fs. 273 vta. a 274, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz denegó el recurso con los siguientes fundamentos: 1) no es evidente la falta de fundamentación de las resoluciones dictadas por los fiscales recurridos, 2) el recurrente pudo acudir a la conversión de acciones, por lo que es aplicable el principio de subsidiariedad; 3) ha consentido libremente los actos impugnados lo que ha originado que el proceso se consolide tal como está; 4) los fiscales recurridos al dictar las resoluciones impugnadas por el recurrente obraron conforme a sus atribuciones previstas en el Código de procedimiento penal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.15.
- III.1.
- Fragmento 19
- regla general
- excepciones a la regla antes aludida
- III.2.
- rechazo de la denuncia, querella o las actuaciones policiales
- imputación formal
- empieza a partir de que el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal
- decretar de manera fundamentada el sobreseimiento
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- 1º REVOCA en parte
- 2º DISPONE