SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2006-R

Fecha: 12-Abr-2006

Fragmento 19

         En ese sentido, se debe señalar que los arts. 19 de la CPE y 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establecen que el recurso de amparo constitucional puede ser interpuesto contra cualquier autoridad, funcionario o particular que restrinja, suprima o amenace restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidas por la Constitución Política del Estado y las leyes.