SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2006-R

Fecha: 18-Abr-2006

II.7.

II.7.  El 3 de enero de 2003, Francisco Mita Vino, mediante memorial dirigido al Director Departamental de Educación pidió que en su calidad de Director y en consideración al Auto Supremo “152” (sic) emitido por la Corte Suprema de Justicia, no puede ser objeto de destitución o cambio de director a profesor, tomando en cuenta el hecho de que el 4, 5 y 6 (de enero de 2003) se efectuaría la entrevista respectiva para la designación de directores (fs. 99 y vta.). Por decreto de 3 de febrero de 2003, se dispuso que esté a lo dispuesto en la convocatoria, en lo que se refiere a los directores, con el art. 228 del CEB (fs. 99 vta.).