SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2006

Fecha: 22-May-2006

III.2.

III.2. En el caso que se examina, Mary Vega López de Vega, dentro la tramitación del recurso de amparo constitucional que interpuso contra la Directiva del Concejo Municipal de la Provincia Cercado del departamento de Cochabamba, representada por su Presidenta, Tatiana Rojas Fernández y Edwin Mallón Ávalos, en su condición de Secretario, impugnando las Resoluciones Municipales 4328/2005 y 4382/2005 de 22 de abril y 19 de julio, solicitó se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el párrafo cuarto del art. 7, párrafo primero del art. 27 y el art. 28 del Reglamento Especial del Centro Histórico, aprobado por OM 1061/91, por considerar que éstos contravienen los preceptos consagrados en los arts. 7 inc. i) y 22 de la CPE, puesto que, en su criterio establecen una tercera forma de afectación-expropiación de la propiedad privada no autorizada por la Ley Suprema del ordenamiento jurídico nacional, al disponer la cesión de terrenos en forma gratuita, es decir, sin indemnización alguna. Correspondiendo así su análisis.