SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2006

Fecha: 22-May-2006

art. 169 de la CPE

         El art. 169 de la CPE, prescribe que: “El solar campesino y la pequeña propiedad se declaran indivisibles; constituyen el mínimo vital y tienen el carácter de patrimonio familiar inembargable de acuerdo a ley. La mediana propiedad y la empresa agropecuaria reconocidas por ley gozan de la protección del Estado en tanto cumplan una función económico-social de acuerdo con los planes de desarrollo”. Este artículo hace referencia a los tipos de propiedad agraria, declarando al solar campesino y a la pequeña propiedad indivisibles e inembargables por constituir el mínimo vital, estableciendo así un fuerte sistema de protección a estas clases de propiedad agraria, por ser consideradas indispensables para la subsistencia del campesino y su familia; y en menor medida se protege también a la mediana propiedad y a la empresa agropecuaria en tanto cumplan una función económico social.