Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0465/2006-R
Fecha: 16-May-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Sentencia dictada el 24 de agosto de 2005, cursante de fs 133 vta. a 136 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ricardo Yamil Baddour Dabdoub y Carlos Antonio Orozco Lobos, en representación del Banco Unión S.A. contra Roberto Pierini De Páulis, Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, alegando vulneración del derecho a la seguridad jurídica previsto en el art. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..
- Ambos casos, se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución”.
- III.2.
- por un decreto o providencia que les niega su pretensión”
- decreto o providencia
- III.3.
- recurso de reposición, contra el Auto de 27 de agosto de 2004
- III.4.
- APRUEBA