Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0051/2006
Fecha: 22-Jun-2006
recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
En el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, promovido por la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Cochabamba, a instancia de Jorge Larach Santiago, demandando la inconstitucionalidad parcial del art. 206 del Código de familia (CF), por ser presuntamente contrario a los arts. 6.I, 7 inc. a), 35, 195, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.2. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- III.2.5.
- III.2.6.
- III.3.1. Régimen legal de la filiación
- Fragmento 15
- Sin embargo, el hijo póstumo o el que por ignorancia, engaño o por causa de fuerza mayor, no hubiese reclamado oportunamente su filiación, podrá dirigir su acción contra los herederos del pretendido padre, siempre que no hayan transcurrido dos años desde la muerte de este último (párrafo impugnado)
- 1)
- III.4. Inconstitucionalidad de normas conexas o concordantes
- Fragmento 19