Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2006-R
Fecha: 05-Jun-2006
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
El recurso de hábeas corpus ha sido interpuesto contra Rosario E. Centellas de Medina, Jueza Primera de Instrucción de Familia, solicitando se declare procedente el recurso y se anulen obrados hasta fs. 21 inclusive, disponiendo se le notifique legalmente con el Auto de declaratoria de rebeldía en su domicilio real, que no era desconocido por las demandantes y se disponga su inmediata libertad, con costas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- y en caso de ignorarse el mismo, previo juramento de desconocimiento, proceda a la notificación por edictos, conforme al art. 124 y siguientes del CPC
- III.3.
- III.4.
- APROBAR