SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2006-R
Fecha: 05-Jun-2006
II.4.
II.4. El 15 de octubre de 2004, una vez más, la demandante en el proceso familiar solicitó el desarchivo del expediente (fs. 16); y por escrito de 29 de octubre de 2004, la beneficiaria Carmen Alanes Villegas se apersonó, y ante la falta de contestación a la demanda solicitó que en rebeldía del obligado se señale audiencia preliminar (fs. 20). La Jueza ahora recurrida, por Auto de 30 de octubre de 2004 declaró rebelde al recurrente y señaló audiencia preliminar para el 5 de octubre de 2004, disponiendo la notificación mediante cédula del obligado “en su domicilio particular conocido (..)” y que posteriores actuados se le hagan conocer en el tablero de notificaciones (fs. 20 vta.), orden que no fue cumplida, motivo por el cual la audiencia fue suspendida (fs. 22).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- y en caso de ignorarse el mismo, previo juramento de desconocimiento, proceda a la notificación por edictos, conforme al art. 124 y siguientes del CPC
- III.3.
- III.4.
- APROBAR