SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2006-R

Fecha: 20-Jun-2006

dependerá del número de vocales de  la respectiva Sala, dicho de otro modo en función a su estructura orgánica

Ésto implica que la exigencia de los tres votos para el recurso de casación previsto en el art. 278 del CPC dependerá del número de vocales de  la respectiva Sala, dicho de otro modo en función a su estructura orgánica; es decir, que si ésta se halla conformada por tres o más vocales deberán contarse con tres votos para casar la Resolución impugnada, si la Sala está constituida por dos vocales serán suficientes dos votos conformes. Además es menester señalar que la conformación de Salas corresponde a cada Corte Superior de acuerdo a lo establecido por el art. 93 in fine de la Ley de Organización Judicial, que dispone que: “Las Cortes Superiores organizarán la conformación de sus salas de acuerdo con sus requerimientos y necesidades en coordinación con la Corte Suprema de Justicia”.