SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.2.
II.2. Por memorial de 22 de octubre de 2003 (fs. 5 a 6 vta.), el recurrente interpuso demanda de responsabilidad civil contra Donald Yoder, impetrando se califiquen los daños civiles ocasionados y se disponga la restitución de su fundo rústico. Demanda que derivó en la Sentencia de 1 de octubre de 2004 (fs. 8 a 9 vta.), por la cual el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal Liquidador, calificó la responsabilidad civil en la suma de Bs585.068.-, disponiendo además la entrega de la propiedad rústica denominada “Teresita” por los ocupantes James Donald Crane, Kenneth E. Studer, Aarón G. Studer y David Eugene Woodling. En audiencia de lectura de Sentencia de 1 de octubre de 2004 (fs. 10 a 12), Aarón Studer, Kenneth Studer y David Eugene Woodlimg, interpusieron recurso de apelación, y por memorial de 4 de octubre de 2004 (fs. 16 a 21), Johan Loewn Guenther, en representación de James Donald Crane, interpuso similar medio impugnativo respecto a la referida Sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- i)
- III.1.
- III.2.
- despojando de la misma al recurrente
- Igual número de votos
- pues ello importaría resquebrajar la estructura orgánica de las Salas en las Cortes Superiores como también del ordenamiento jurídico procesal, dado que para tal fin, sin que se den los casos estipulados por Ley, se tendría permanentemente que convocar para los casos de casación a un vocal de otra Sala, eventualidad que no puede concebirse legalmente
- dependerá del número de vocales de la respectiva Sala, dicho de otro modo en función a su estructura orgánica
- lo que implica que respetando la estructura orgánica de la Sala, para poder casar una resolución impugnada a través del recurso de casación, necesariamente se requieren tres votos en aplicación del art. 278 del CPC