SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2006

Fecha: 17-Jul-2006

II.8.

II.8.  Mediante nota de 7 de marzo de 2006, el Ministro de la Presidencia, respondiendo a las solicitudes efectuadas al Presidente de la República sobre la consulta de constitucionalidad, le recuerda al Superintendente del Servicio Civil que debe limitarse a su ámbito de competencia y funciones, debiendo resolver los asuntos que se encuentren bajo su conocimiento en el marco de la legislación vigente y que los reclamos sobre la inconstitucionalidad o ilegalidad en el caso concreto corresponden al presunto afectado (fs. 52 a 53).