SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2006

Fecha: 08-Ago-2006

CONSTITUCIONALIDAD

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120.1ª de la CPE; arts. 7 inc. 1), 54 y ss. de la LTC, declara la CONSTITUCIONALIDAD de la frase: ”…o se comprobase el nacimiento de hijos posteriores al fallecimiento del benemérito de la patria…” del art. 7 del DS 27522, de 25 de mayo de 2004, con los efectos y alcances previstos por el art. 58.V de la LTC.