Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2006-R
Fecha: 05-Sep-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución 273/2006, de 23 de junio, cursante de fs. 641 a 647, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; aclarando que la nulidad dispuesta por el Juez del recurso no alcanza al tramite de extradición efectuado en la República del Perú.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5 .
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA