Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2006-R
Fecha: 05-Sep-2006
II.4.
II.4. Por Resolución del 11 de julio de 2001, se declaró rebelde y contumaz a la ley a Luigui Calzolaio, designando defensor de oficio a Felipe Jiménez Galvez, publicándose el respectivo edicto (fs. 430 a 432), notificándose personalmente con dicha Resolución al defensor de oficio (fs. 435), quien se apersonó ante el Juez de Instrucción Noveno en lo Penal Liquidador, protestando hacer llegar a conocimiento del imputado la existencia del sumario penal (fs. 436).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5 .
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA