SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

II.1.

II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Yesid Luin Mamani y otra contra Julián Cruz y otros entre los que se encuentra el ahora recurrente Jaime Canoa Apaza, el Ministerio Público  presentó acusación  el 29 de noviembre de 2005, ante el Tribunal Tercero de Sentencia de La Paz (fs. 20 a 23), el 21 de diciembre de 2005,  el Tribunal Tercero de Sentencia, radicó la causa y ordenó se notifique personalmente  a los querellantes con la acusación pública, el ofrecimiento de pruebas de cargo, para que en el plazo de diez días presente acusación particular (fs. 25), la parte querellante particular el 13 de enero de 2006 presentó acusación (fs 29 a 31), el  Presidente del Tribunal Tercero de Sentencia el 18 de enero de 2006, dispuso que se notifique personalmente a los imputados con la acusación pública, las acusaciones particulares, el ofrecimiento de pruebas de cargo y las respectivas providencias, para que dentro de diez días siguientes a su notificación, ofrezcan sus pruebas de descargo (fs. 32), dictó igualmente la Resolución 56/2006, de 1 de marzo  de Auto de Apertura de Juicio  contra  Jaime Canoa Apaza y otros (fs. 75 y vta.), con el que fue notificado el abogado Jesús Saramani por Jaime Canoa Apaza, ahora recurrente y otro, mediante cédula en el edificio el Ceibo oficina 105, en presencia de un testigo de actuación, no cursa en la diligencia la firma del referido abogado Jesús Saramani (fs. 87).