SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

III.4.

III.4. Posteriormente el caso fue remitido ante el Tribunal Primero de Sentencia, que dictó el Auto de 20 de mayo de 2006, por el que  radicó la causa y entre otros aspectos señaló  día y hora de audiencia para el juicio oral el 26 de julio de 2006, sin que conste en obrados notificación personal al recurrente con dicha Resolución, lo que a decir del recurrente impidió  la concurrencia a la audiencia del juicio oral y  originó  que  se dicte  la Resolución 094/2006 de la misma fecha que lo declaró rebelde con el argumento que no se presentó en la audiencia pese a su legal notificación, dando lugar a que se ordene y expida el mandamiento de aprehensión, se disponga  su arraigo, la publicación de sus datos y señas particulares en un medio de comunicación escrita para su búsqueda y aprehensión. 

De todo lo referido se tiene que la autoridad recurrida, no obró conforme al procedimiento previsto por ley y vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso previstos en los  arts. 16.II y IV de la CPE, pues no notificó al recurrente con el Auto de radicatoria y señalamiento de día y hora para el juicio, cometiendo actos ilegales y omisiones que constituyen causa directa de la aprehensión del mismo, que indudablemente afectan su derecho a la libertad.