SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2007-R

Fecha: 10-Ene-2007

III.1. En cuanto a otros recursos previos a la interposición del recurso de amparo constitucional

La parte recurrida sostiene que los recurrentes podían acudir a otros recursos antes de plantear el presente recurso de amparo constitucional, invocando, en primer término el recurso de anulación previsto en la Ley de Arbitraje y Conciliación. Sin embargo, el art. 6.II de la LAC, expresa: “Las cuestiones laborales quedan expresamente excluidas del campo de aplicación de la presente ley, por estar sometidas a las disposiciones legales que les son propias”, con lo que queda totalmente excluida la posibilidad  legal de intentar formular el recurso de anulación mencionado cuando se trata, como en la especie, de un Laudo Arbitral pronunciado en materia laboral.

De otro lado, también señalan los recurridos, que podían haberse interpuesto los recursos que contempla la Ley del Procedimiento Administrativo;  empero, ello no es posible porque dicha Ley regula las relaciones existentes entre el Estado, como Administración Pública, y los administrados y administradas, y los procedimientos que se pueden suscitar entre ambos, sin que los trabajadores del Sindicato de Obras Públicas Municipales puedan considerarse, en este caso, como “administrados”, ya que actúan en su condición de funcionarios de la Alcaldía Municipal. Por ende, no es posible declarar la improcedencia del presente recurso por el carácter de subsidiariedad.