SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2007-R
Fecha: 10-Ene-2007
recurso de
En revisión la Resolución de 10 de febrero de 2006, cursante de fs. 176 a 177 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Jaime García Meruvia, Aneliz Cabrera Arandia y Edward Montaño Sánchez en representación de Gonzalo Terceros Rojas, Alcalde Municipal de Cochabamba contra Jorge Mario Calvo Fanola, José Antonio Fernando “Sanabria” Castellón y Vladimir Villarroel Franco, miembros del Tribunal Arbitral; alegando la vulneración de los derechos de la entidad que representan a la seguridad jurídica y a la defensa, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- Fragmento 7
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a otros recursos previos a la interposición del recurso de amparo constitucional
- La motivación es una exigencia indispensable en la emisión de fallos que definen una situación jurídica
- la fundamentación de las resoluciones exige que se de respuesta a los planteamientos efectuados por las parte
- Fragmento 18
- Por consiguiente, se constata en forma incontrastable que el Laudo Arbitral carece de la debida fundamentación jurídica,