SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2007-R
Fecha: 10-Ene-2007
La motivación es una exigencia indispensable en la emisión de fallos que definen una situación jurídica
“(…) La motivación es una exigencia indispensable en la emisión de fallos que definen una situación jurídica, así lo ha entendido este Tribunal a través de su uniforme jurisprudencia, al señalar en la SC 0222/2001-R, de 22 de marzo, que: 'la motivación de los autos y sentencias se constituye en una de la exigencias básicas del debido proceso…', y que 'cuando un Juez omite la motivación de una Resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión arbitraria y dictatorial que vulnera de manera flagrante el citado derecho que otorga a las partes saber el por qué de la parte dispositiva de un fallo o Resolución' (SC 1369/2001-R, de 19 de diciembre).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- Fragmento 7
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a otros recursos previos a la interposición del recurso de amparo constitucional
- La motivación es una exigencia indispensable en la emisión de fallos que definen una situación jurídica
- la fundamentación de las resoluciones exige que se de respuesta a los planteamientos efectuados por las parte
- Fragmento 18
- Por consiguiente, se constata en forma incontrastable que el Laudo Arbitral carece de la debida fundamentación jurídica,