SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

al no haber sido recurridos los miembros de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, no es posible ingresar al análisis del tema  concreto

         Por ende, se evidencia que lo concerniente al poder con que actuó Teresa Ceferina Góngora Melgar, objetado por el recurrente, fue decidido a través del Auto de Vista mencionado y no por el que hoy es  impugnado por esta acción tutelar  que dilucidó lo referido al peritaje, que es el otro aspecto objeto de amparo. De manera que al no haber sido recurridos los miembros de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, no es posible ingresar al análisis del tema  concreto, es decir, la actuación de Teresa Ceferina Góngora Melgar como apoderada de la demandante en ejecución de sentencia del proceso del que emerge el presente recurso de amparo constitucional, porque, de hacerlo, se colocaría en indefensión a dichas autoridades judiciales.