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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2007-R

    Fecha: 02-Oct-2007

    denegado

    De todo lo expuesto, se concluye  que la Corte de amparo, al haber denegado el amparo, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo; aunque  el recurso será declarado improcedente, al no haberse ingresado al análisis del fondo de la problemática de acuerdo a lo establecido por la SC 0505/2005-R de 10 de mayo.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • 1)
    • a)
    • Fragmento 6
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • Auto de Vista 268 de  29 de abril de 2006
    • II.8.
    • III.1. Respecto de la presunta aceptación ilegal de un poder insuficiente
    • al no haber sido recurridos los miembros de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, no es posible ingresar al análisis del tema  concreto
    • III.2. El principio de subsidiariedad en el recurso de amparo constitucional contra decisiones judiciales
    • no formuló reclamo, impugnación ni apelación alguna contra esa decisión,
    • interpretación de la ley o la indebida aplicación de ella,
    • SC 0718/2005-R
    • Fragmento 23
    • denegado
    • APRUEBA

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