SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

denegó

La Resolución 082 de 4 de septiembre de 2006, cursante de fs. 285 a 288, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegó el recurso de amparo constitucional solicitado, suspendiendo las medidas correspondientes al pago del inmueble en tanto dure la revisión en el Tribunal Constitucional, con estos fundamentos: 1) El Tribunal no puede ingresar a deliberar sobre el poder con el que actuó Teresa Ceferina Góngora Melgar, por haber sido aceptado por el Juez y los Vocales, y además porque la principal demandante, Ruth Calderón de Ordoñez, se apersonó juntamente con ella,. convalidando todos los actos; 2) Lo relativo a dicho poder, las notificaciones con la iniciación de la etapa de ejecución de sentencia o cúmplase del Auto Supremo, y los incidentes de nulidad de avalúo pericial, han sido resueltos con un Auto distinto a los dictados por la Sala Civil Primera, ya que fue la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz que lo pronunció el 6 de mayo de 2006, de manera que al no haber sido demandados los Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito, no se puede ingresar a ninguno de esos aspectos  porque sería obrar en indefensión de tales autoridades.