SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

horas 12:00 de 11 de abril de 2007

En el caso de autos, se dispuso la detención preventiva del ahora recurrente mediante Resolución dictada en audiencia del 31 de marzo de 2007, sin que el imputado fuera notificado en la forma señalada por la jurisprudencia anteriormente citada, lo que motivó que el indicado solicite expresamente su notificación personal con entrega de la copia respectiva del Auto a los efectos de imponerse de sus fundamentos y en su mérito interponer los recursos previstos por ley. La autoridad judicial, reconociendo la omisión anotada, por proveído de 3 de abril de 2007 dispuso dicha notificación, la cual según se evidencia del cuaderno procesal se cumplió recién el 10 de abril de 2007, en que el imputado fue notificado personalmente con el Auto de detención preventiva; empero con anterioridad, solicitó complementación y enmienda de la Resolución de detención preventiva, la que fue absuelta por Auto de 9 de abril de 2007, manteniendo en lo fundamental, “incólume”, la Resolución de 31 de marzo de 2007, sobre medidas cautelares, Auto de complementación que a su vez fue notificado al ahora recurrente a horas 12:00 de 11 de abril de 2007, mediante cédula en su domicilio procesal.