Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0217/2007-R
Fecha: 02-Abr-2007
II.10.
II.10. El 9 de febrero de 2007, a hrs. 09:50 y 10:55, el fiscal de Material Raúl Lizarazu Alurralde, dio aviso al Juez de Instrucción de Turno sobre el inicio de la investigación dentro de los casos 0700745 y 0700750, respectivamente (fs. 88 y 91). El mismo día a hrs. 09:50, se presentó imputación formal dentro de los casos referidos contra Cristian Acevedo Parra y Farid Viruez Jordán, entre otros, por los delitos de asociación delictuosa y robo agravado, solicitando su detención preventiva (fs. 92 a 94).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- 1.
- 2.
- 4.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2. Sobre la obligación del juez de pronunciarse sobre la legalidad de la aprehensión.
- sin pronunciarse sobre los puntos impugnados por la defensa de los imputados,
- III.3. Sobre la supuesta aprehensión ilegal.
- III.3.1. Los supuestos de flagrancia.
- III.3.2. Análisis del caso
- salvo el caso de delito 'in fraganti'
- III.4. Sobre la Resolución que dispuso la detención preventiva de los representados del recurrente.
- Fragmento 28
- REVOCAR en parte