SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
II.3.
II.3. El 14 de diciembre de 1998 (fs. 41 a 42) "Findesa S.A.M." interpuso proceso ejecutivo contra los citados prestatarios por la suma de $us18 224,66.- (dieciocho mil doscientos veinticuatro dólares estadounidenses con sesenta y seis centavos), intereses penales y legales estipulados en el referido contrato. El Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, por Auto de 16 de diciembre de 1998, intimó a los prestatarios a pagar al tercer día la suma demandada, más intereses legales, gastos y costas (fs. 42 vta.). Por Sentencia 290 de 19 de julio de 2000 (fs. 57 a 58) el Juez correcurrido declaró probada la demanda, disponiendo la prosecución del trámite de la causa hasta el estado de remate de los bienes embargados o por embargarse para que con su producto se cubra la obligación perseguida. Fallo que fue ejecutoriado por providencia de 30 de agosto de 2000 (fs. 60 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad del amparo dentro de la vía legal donde se acusa la vulneración
- deberá acompañarse la prueba documental que estuviere en poder de las partes. Si no la tuvieren a su disposición, la individualizarán indicando el contenido, lugar, archivo y oficina pública o persona en poder de quien se encontrare
- no hay objeto de mantenerla oculta,
- Mantener reservadas y ocultas las pruebas por las que el demandante intenta valerse para defender su derecho
- o si son anteriores, bajo juramento de no haber sido conocidos antes por el actor
- fiador simple
- III.3. Caso analizado
- cuando sea conveniente a "Findesa S.A.M." para la recuperación de lo adeudado